LEY NUMERO 2789 SANCIONADA: 23/06/94 PROMULGADA: 27/06/94 - DECRETO NUMERO 1045 BOLETIN OFICIAL: NUMERO 3169 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1º.- No será obligatoria la condición establecida en el inciso a) del artículo 12 de la ley nº 391, para el personal docente que se desempeñe en materias y car gos estrictamente artísticos en el Instituto Nacional Supe rior de las Artes, transferido a la Provincia de Río Negro por convenio del 27 de octubre de 1992, sobre la base de la ley nº 24049, cuando las condiciones artísticas relevantes del aspirante así lo aconsejen. Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
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