|  | Ministerio de 
      Educación, Ciencia y TecnologíaConsejo Federal de Cultura y 
      Educación
 Secretaría General
 
 BUENOS AIRES, 27 de noviembre de 
      2003RESOLUCIÓN Nº 209/03 C.F.C. Y E.
 
 
 VISTO: La Ley Federal de Educación Nº 24.195, los decretos del Poder 
      Ejecutivo Nacional Nº 1276/96 y Nº 353/02, y las resoluciones del Consejo 
      Federal de Cultura y Educación Nº 115/99, Nº 146/00, Nº176/02 y Nº183/02, 
      y
 
 CONSIDERANDO: Que el artículo 56 inciso b) de la Ley Nº 24.195 establece que el 
      Consejo Federal de Cultura y Educación tiene como función la de acordar 
      los mecanismos que viabilicen el reconocimiento y equivalencia de 
      estudios, certificados y títulos de la educación formal y no formal en las 
      distintas jurisdicciones.
 Que el artículo 53 inciso c) de la Ley Nº 
      24.195 establece que el Ministerio de Educación de la Nación tiene la 
      atribución de dictar normas generales sobre equivalencia de títulos y de 
      estudios, estableciendo la validez automática de los planes concertados en 
      el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación.
 
 Que el decreto 
      Nº 1276/96, estableció que es el Ministerio de Educación de la Nación 
      quien debe otorgar la validez nacional a los estudios cursados en 
      establecimientos educativos de gestión estatal y de gestión privada 
      reconocidos, dependientes de las distintas Provincias y de la Ciudad 
      Autónoma de Buenos Aires, y los títulos por ellos expedidos.
 
 Que el 
      decreto Nº 353/02 establece que el Ministerio de Educación de la Nación 
      puede otorgar validez nacional hasta el 1º de enero de 2005 a los estudios 
      y títulos que se adecuen parcialmente a la estructura del sistema 
      educativo aprobado por Ley Federal de Educación.
 
 Que la resolución 
      del CFCyE Nº 115/99 estableció un procedimiento y un plazo para el 
      otorgamiento de la validez nacional a las estructuras curriculares 
      específicas de las jurisdicciones.
 
 Que es necesario modificar el 
      procedimiento establecido en la mencionada resolución, para garantizar el 
      efectivo cumplimiento de las funciones del Consejo Federal de Cultura y 
      Educación y del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la 
      Nación, vinculadas con la validez nacional.
 
 Que la resolución del 
      Consejo Federal de Cultura y Educación Nº 146/00, recomendó que las 
      jurisdicciones conserven la autonomía necesaria para la adecuación de la 
      resolución CFCyE Nº 30/93 a las propias realidades.
 
 Que es 
      necesario acordar los procedimientos para el otorgamiento de la validez 
      nacional de los certificados y títulos que otorga y legaliza cada 
      jurisdicción de la educación inicial, la educación general básica, la 
      educación primaria, la educación polimodal, la educación media, la 
      educación de adultos, la educación artística, la educación especial, los 
      trayectos técnicos profesionales, los trayectos artístico profesionales y 
      toda otra modalidad de educación técnico profesional aprobada federalmente 
      e incluida en el ámbito de dichos niveles educativos.
 
 Que como 
      consecuencia de las modificaciones que se propician, resulta necesario 
      establecer el mecanismo de tramitación de la validez nacional de las 
      ofertas de modalidad a distancia, en virtud de que para dicho trámite la 
      resolución Nº 183/02 CFCyE, remite al artículo 2º de la resolución Nº 
      115/99 CFCyE, cuya derogación se propone en la presente.
 
 Que la 
      validez nacional posibilitará la movilidad de los alumnos de una 
      jurisdicción a otra, facilitando el mutuo reconocimiento de los 
      aprendizajes adquiridos año tras año, en los diferentes niveles, regímenes 
      especiales y trayectos profesionales.
 
 Que la resolución Nº 176/02 
      del CFCyE habilitó para la consulta en las jurisdicciones el anteproyecto 
      de resolución, con sus correspondientes anexos, referido a la validez 
      nacional de títulos y certificados.
 
 
   Por ello: LA LXI ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
 DEL CONSEJO FEDERAL DE 
      CULTURA Y EDUCACIÓN
 
 RESUELVE:
 ARTÍCULO 1º: Acordar los procedimientos que se consignan 
      en el Anexo 
      I de la presente resolución, para el otorgamiento de la validez 
      nacional a certificados y títulos emitidos conforme a las respectivas 
      normativas jurisdiccionales, de modalidad presencial, correspondientes a 
      la educación inicial, la educación general básica, la educación primaria, 
      la educación polimodal, la educación media, los trayectos técnico 
      profesionales, los trayectos artístico profesionales, la educación 
      artística, la educación de adultos, la educación especial, y toda otra 
      modalidad de formación técnico profesional aprobada federalmente para 
      estos niveles.
 
 ARTÍCULO 2°: Establecer que para las carreras 
      bajo la modalidad a distancia, conforme las previsiones contenidas en las 
      resoluciones Nº 183/02 y Nº 205/03 del Consejo Federal de Cultura y 
      Educación, la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las 
      Ofertas de Educación a Distancia, comunicará al Ministerio de Educación, 
      Ciencia y Tecnología de la Nación el dictamen que aprobare, a los efectos 
      de la tramitación de la validez nacional.
 
 ARTÍCULO 3°: 
      Derógase la resolución CFCyE Nº 115/99.
 
 ARTÍCULO 4°: 
      Regístrese, comuníquese, notifíquese a las jurisdicciones y cumplido, 
      archívese.
 
   RESOLUCIÓN C.F.C.Y E. Nº 209/03 Firmado:Lic. Daniel Filmus - Ministro de Educación, Ciencia y 
      Tecnología de la Nación
 Prof. Domingo de Cara-Secretario 
      General-CFCyE
 
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