VIEDMA,
VISTO:
Los Diseños Curriculares de los Niveles Inicial y Primario y los reglamentos de cada Nivel, las Leyes 391, 2444; las Resoluciones Nº 1303/82, 1713/97 y el Decreto 1095/92; y
CONSIDERANDO:
QUE la designación en cargos de Maestros Especiales en los distintos Niveles genera diferentes interpretaciones ante la falta de una norma que unifique los procedimientos a emplear por parte de lo responsables de los actos de nombramiento;
QUE es necesario establecer pautas sobre las cargas horarias, la tarea específica y el tiempo real de trabajo para cada cargo, como las funciones de los mismos, contemplando la especificidad y particularidad de los distintos niveles y modalidades;
QUE en determinadas zonas de la provincia debe facilitarse la concentración horaria de los docentes en cargos especiales para lograr su cobertura, teniendo en cuenta la compatibilidad y la necesidad de garantizar aprendizajes en las áreas/ campos de conocimiento específico;
QUE existen antecedentes diversos para la designación de cargos, mediante autorizaciones específicas, y que es necesario normalizar;
QUE en el Decreto 1095/92 se expresa en el Punto 4º - ANEXO V-, “… el cargo de Maestro Especial debe computarse como tal y no como horas cátedras”;
QUE es necesario resolver sobre la concentración horaria;
QUE en el ANEXO V del Decreto 1095/92 se determina la figura del cargo en correspondencia con lo determinado en el Estatuto del Docente – Ley 391 –;
QUE en el mismo Decreto, la grilla del nomenclador autoriza la utilización de horas para dar cobertura a las necesidades de las Áreas Especiales, cuando la estructura de la Escuela cuenta con más secciones de las que puede abarcar el cargo Especial existente en la misma;
QUE es necesario determinar el tiempo de la carga horaria para los cargos de Maestros Especiales de Plástica, Música y Educación Física, y de los diferentes cargos que existen en el Nivel Inicial y Primario y sus modalidades;
QUE se debe facilitar la concentración de cargos en un mismo establecimiento para mejorar las tareas organizativas y de funcionamiento de grupo, como las laborales, toda vez que la estructura escolar lo permita;
Que para ello debe facilitarse el procedimiento de asignación de cargos en relación a los horarios y turnos;
QUE se hace necesario establecer acuerdos Institucionales con los horarios de las clases de Educación Física contemplando los horarios de desayuno y almuerzo de los alumnos;
POR ELLO:
EL
CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º: ESTABLECER que el tiempo horario de cada módulo de clase frente
a alumnos y la carga total en los
cargos de Maestros Especiales, para
Artículo 2º: DETERMINAR que las clases de los Maestros Especiales
podrán iniciarse desde el primer módulo hasta el último, de lunes a viernes y
cuya definición se realizará de común acuerdo con el aval de
Artículo 3º: ESTABLECER que las clases de cada una de las áreas especiales tendrán dos espacios por semana para cada sección y/o agrupamiento específico respetando la carga horaria de cada Nivel establecida en el Anexo I y las que se determinen mediante nuevas Resoluciones.
Artículo 4º: DEFINIR que los grupos de alumnos para las clases de Educación Física se formarán con no menos de quince (15) ni más de veinticinco (25).
Artículo 5º: AUTORIZAR a
disponer las horas clases
correspondientes para completar el mínimo de estímulos establecido para cada sección. La
Dirección de Nivel respectiva, previa
conformidad de la Subsecretaría de Educación, a través de
Artículo 6º: FIJAR para los Maestros Especiales la hora cátedra en el tiempo de 40 minutos y la unidad laboral frente a alumnos para cada Nivel el determinado en el Anexo I; el cargo de diez (10) horas cátedras semanales , el que cubrirá cinco (5) secciones o grupos; y el cargo de veinte (20) horas cátedras semanales, cubriendo diez (10) secciones o grupos.
Artículo 7º: DETERMINAR que, en los Establecimientos de Nivel Primario que
cuenten dentro de su Planta Funcional con
Salas Anexas de Jardín, el docente de Educación Física y de Música que corresponda incluirá dentro de
su carga horaria los estímulos para la sala anexa.
Artículo 8º: ESTABLECER que las funciones de los cargos Especiales son las que se describen en los anexos:
ANEXO II: Maestro Especial de Educación Física
ANEXO III: Maestro Especial de Educación Plástica
ANEXO IV: Maestro Especial de Música.
ANEXO V: Maestro Especial de Taller para las Escuelas de Educación Básica de Adultos
Las Direcciones de Nivel definirán en forma participativa las funciones de los cargos restantes que son parte del funcionamiento del sistema escolar, las que se incorporarán oportunamente como anexos de la presente Resolución.
Artículo 9º: AUTORIZAR a las Supervisiones de Nivel Inicial , Primario y de Educación Especial, a resolver por concentración horaria las designaciones de Maestros Especiales, para el caso de Escuelas alejadas de los Centros Urbanos, todo ello para facilitar la toma de cargos de parte de los docentes y la posibilidad del acceso al conocimiento de parte de los alumnos. La Supervisión tendrá en cuenta la distancia a recorrer por parte del docente desde su lugar de origen a la Escuela de destino para concretar la concentración de cargos en un mismo turno.
Artículo 10º: ESTABLECER que el horario de ingreso del Maestro Especial al Establecimiento será de diez (10) minutos anteriores a la iniciación de sus actividades específicas.
Artículo 11°: ANULAR
Artículo 12º: REGISTRAR y COMUNICAR a las Direcciones de Nivel Inicial y Primaria y por su intermedio a las Supervisiones respectivas de las Delegaciones Regionales de Educación de Zona Atlántica, Viedma, Valle Medio, Alto Valle Este, Alto Valle Oeste, Andina, Andina Sur y Sur, para los efectos que correspondan y ARCHIVAR.-
RESOLUCIÓN Nº 5533 /04
VGD-hlr
ANEXO I – RESOLUCIÓN Nº 5533 /04 –
|
NIVELES |
|
CARGAS
HORARIAS / TIPO DE CARGOS |
INICIAL |
PRIMARIO
Y SUS MODALIDADES |
Tiempo
de una hora cátedra semanal |
Cuarenta (40) minutos |
Cuarenta (40) minutos |
Unidad
Laboral frente a alumnos |
Treinta (30) minutos |
Cuarenta (40) minutos |
Cargos
de diez (10) horas cátedras semanales Maestros Especiales : |
Música Educación Física |
Educación Básica de Adultos: Talleres Educación Especial: Música Educación Física Orientación Manual
Común: Música Educación Física Actividades Prácticas Labores y manualidades Plástica Idioma Extranjero Orientación Agropecuaria Orientación Artesanal Orientación Carpintería Tecnología |
Cargos
de Veinte (20) horas cátedras semanales Maestros Especiales : |
|
Común: Taller con Orientación: - en Carpintería - Agropecuaria |
ANEXO II - RESOLUCIÓN Nº 5533 /04
FUNCIONES DEL MAESTRO
ESPECIAL DE EDUCACIÓN FÍSICA
· Alcanzar los objetivos fijados para el
establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el
marco del diseño curricular, en función de desarrollar la personalidad del niño
y permitiendo ejercer el derecho del
mismo a la socialización, al aprendizaje sistemático y a la creatividad.
· Diseñar
la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y
selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también
la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en
función del acuerdo de cada Institución Educativa.
· Participar activamente de las reuniones de
personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario
Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y
PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo
interdisciplinario y en equipo
· Llevar la documentación a su cargo y
ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de
observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación e informar al Equipo de Dirección del
establecimiento sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera o lo considere conveniente el propio docente.
· Conocer y cumplir las reglamentaciones
vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información al Director o Vicedirector.
· Adoptar en ejercicio de su función
elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su
vez le están garantizadas por las reglamentaciones y leyes vigentes en y para sí, como para los
alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.
· Informar a los padres de los alumnos acerca de
la marcha del proceso de enseñanza – aprendizaje, dejando constancia de dicho
informe en el legajo respectivo.
· Atender a
las situaciones de alumnos en proceso de integración, teniendo en cuenta
las normas establecidas para tal fin y que forman parte del PEI –PCI.
· Tendrán a su cargo el desarrollo de dos
sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga
horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función
de la existencia de menos secciones que carga
horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades
inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas
que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.
· Coordinar con la Dirección y los Maestros
de Ciclo los horarios de trabajo.
· En las clases que se impartan fuera del
Establecimiento, en horario escolar, los alumnos serán acompañados por su
Maestro de Ciclo y el Maestro Especial. Las clases se desarrollarán siempre que
estén dadas las condiciones óptimas para alumnos y docentes y para tal fin se deberá contar con la
habilitación y autorización de uso del local.
· Si las circunstancias lo determinan en forma excepcional, en función
de la organización Institucional y previa autorización de
· Observar y enseñar las normas de seguridad
correspondientes.
· Para el caso de las Escuelas de Educación Especial:
ü
Coordinar
con los Maestros de Grupo y con los
integrantes del Equipo Técnico para la programación de actividades acordes con
las necesidades específicas de cada grupo y de cada niño.
· Atender permanentemente a los propósitos
generales establecidos en el Diseño
Curricular de Nivel Inicial :
ü
Que
representan caminos a recorrer y no metas a las cuales hay que llegar
inexorablemente.
ü
Que
permiten direccionar el proceso de enseñanza aprendizaje.
ü
Que
facilitan la tarea del docente, orientando las decisiones sobre la selección
del contenido y de las experiencias de aprendizaje clarificando el tipo de
proceso que se pone en juego en el acto
de aprender.
ü
Favorece
a la identidad local de acuerdo a la característica de la Institución Escolar,
de la comunidad de la que forma parte y del grupo de alumnos.
· Atender permanentemente a los siguientes
propósitos generales establecidos en el Diseño Curricular de Nivel Primario :
ü
Comprender
el aporte valioso de la Educación Física para el mejoramiento de la Salud y
calidad de vida.
ü
Participar
en juegos y actividades, resolviendo situaciones de movimiento, estableciendo
relaciones con los demás, evitando discriminaciones, comportamientos agresivos
y actitudes de rivalidad competitiva.
ü
Conocer
y valorar el cuerpo a partir de diversas actividades físicas, para descubrir
posibilidades motrices personales y
adaptar el movimiento a las circunstancias y condiciones de cada situación.
ü
Relacionarse
con la naturaleza en forma respetuosa y
armónica y a partir de experiencias
variadas adquirir conocimientos, valores, actitudes, compromisos y habilidades
necesarias para proteger y mejorar el medio ambiente.
ü
Encontrar
formas personales de movimiento a través de actividades que posibiliten el
enriquecimiento de la capacidad creativa y comunicativa.
ANEXO III - RESOLUCIÓN
Nº 5533
/04
FUNCIONES DEL MAESTRO
ESPECIAL DE EDUCACIÓN PLÁSTICA – ACTIVIDADES MANUALES – ORIENTACIÓN MANUAL
· Alcanzar los objetivos fijados para el
establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el
marco del diseño curricular, en función de desarrollar la personalidad del niño
y permitiendo ejercer el derecho del
mismo a la socialización, al aprendizaje sistemático y a la creatividad.
· Diseñar
la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y
selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también
la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en
función del acuerdo de cada Institución Educativa.
· Participar activamente de las reuniones de
personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario
Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y
PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo interdisciplinario
y en equipo.
· Llevar la documentación a su cargo y
ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de
observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación e informar al Equipo de Dirección del establecimiento
sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera o lo considere conveniente el propio docente.
· Conocer y cumplir las reglamentaciones
vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información al Director o Vicedirector.
· Adoptar en ejercicio de su función
elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su
vez le están garantizadas por las reglamentaciones y leyes vigentes en y para sí, como para los
alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.
· Informar a los padres de los alumnos acerca de
la marcha del proceso de enseñanza – aprendizaje, dejando constancia de dicho
informe en el legajo respectivo.
· Atender a
las situaciones de alumnos en proceso de integración , teniendo en
cuenta las normas establecidas para tal fin y que forman parte del PEI –PCI
· Tendrán a su cargo el desarrollo de dos
sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga
horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función
de la existencia de menos secciones que carga
horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades
inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas
que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.
· Coordinar con la Dirección y los Maestros
de Ciclo los horarios de trabajo.
· Observar y enseñar las normas de seguridad
correspondientes.
· Para las Escuelas de Educación Especial:
ü
preparar
a los alumnos en las actividades que progresivamente lo preparen para su ingreso
a las actividades pre- técnica o técnica, según corresponda.
ü
Estimular
y desarrollar en los niños actitudes y aptitudes para el trabajo cooperativo.
ü
Coordinar
con los Maestros de Grupo y con los integrantes del Equipo Técnico para la
programación de actividades acordes con las necesidades específicas de cada
grupo y de cada niño.
· Atender permanentemente a los siguientes propósitos generales
establecidos en el Diseño Curricular de
Nivel Primario :
ü
Favorecer
el conocimiento e identificación de los elementos constitutivos de los
lenguajes artísticos: música, plástica teatro y expresión corporal, para operar
con ellos en producciones tanto individuales como grupales.
ü
Estimular
las posibilidades expresivas de las imágenes plásticas y visuales para que el
alumno pueda utilizarlas con autonomía.
ü
Estimular
el desarrollo de la sensibilidad y creatividad para favorecer la autoestima y
poder transferir estas actitudes a otras áreas del quehacer humano.
ü
Fomentar
la incorporación de los diversos procedimientos y técnicas pertenecientes a los
lenguajes artísticos para adecuar su uso a las necesidades expresivas
individuales y/o grupales, estableciendo relaciones entre lo que perciben,
conocen, sienten y hacen.
ü
Favorecer
el acercamiento a las producciones culturales locales, regionales, nacionales y
universales para disfrutar de las mismas y ayudar a desarrollar una actitud
analítica, crítica y consciente con respecto a estas producciones.
ü
Favorecer
la capacidad de gestionar sus propios procesos de experimentación y producción,
partiendo de la sensibilización adquirida con la práctica de los lenguajes
artísticos y seleccionando las estrategias adecuadas para llevar a cabo sus
proyectos expresivos y comunicativos.
ANEXO IV - RESOLUCIÓN
Nº 5533 /04
FUNCIONES DEL MAESTRO
ESPECIAL DE MÚSICA
· Alcanzar los objetivos fijados para el
establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el
marco del diseño curricular, en función de desarrollar la personalidad del niño
y permitiendo ejercer el derecho del
mismo a la socialización, al aprendizaje sistemático y a la creatividad.
· Diseñar
la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y
selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también
la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en
función del acuerdo de cada Institución Educativa .
· Participar activamente de las reuniones de
personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario
Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y
PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo
interdisciplinario y en equipo.
· Llevar la documentación a su cargo y
ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de
observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación e informar al Equipo de Dirección del
establecimiento sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera o lo considere conveniente el propio docente.
· Conocer y cumplir las reglamentaciones
vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información al Director o Vicedirector.
· Adoptar en ejercicio de su función
elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su
vez le están garantizadas por las reglamentaciones y leyes vigentes en y para sí, como para los
alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.
· Informar a los padres de los alumnos acerca
de la marcha del proceso de enseñanza – aprendizaje, dejando constancia de
dicho informe en el legajo respectivo.
· Atender a
las situaciones de alumnos en proceso de integración, teniendo en cuenta
las normas establecidas para tal fin y que forman parte del PEI –PCI
· Tendrán a su cargo el desarrollo de dos
sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga
horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función
de la existencia de menos secciones que carga
horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades
inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas
que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.
· Coordinar con la Dirección y los Maestros
de Ciclo los horarios de trabajo.
· Observar y enseñar las normas de seguridad
correspondientes.
· Para el caso de las Escuelas de Educación Especial:
ü
Coordinar
con los Maestros de Grupo y con los
integrantes del Equipo Técnico para la programación de actividades acordes con
las necesidades específicas de cada grupo y de cada niño.
· Atender permanentemente a los propósitos
generales establecidos en el Diseño
Curricular de Nivel Inicial :
ü
Que
representan caminos a recorrer y no metas a las cuales hay que llegar
inexorablemente.
ü
Que
permiten direccionar el proceso de enseñanza aprendizaje.
ü
Que
facilitan la tarea del docente, orientando las decisiones sobre la selección
del contenido y de las experiencias de aprendizaje clarificando el tipo de
proceso que se pone en juego en el acto
de aprender.
ü
Favorece
a la identidad local de acuerdo a la característica de la Institución Escolar,
de la comunidad de la que forma parte y del grupo de alumnos.
· Atender permanentemente a los siguientes
propósitos generales establecidos en el Diseño Curricular de Nivel Primario :
ü
Favorecer
el conocimiento e identificación de los elementos constitutivos de los
lenguajes artísticos: música, plástica teatro y expresión corporal, para operar
con ellos en producciones tanto individuales como grupales.
ü
Estimular
las posibilidades expresivas de la voz, del cuerpo, del juego dramático para que el alumno pueda utilizarlas con
autonomía.
ü
Estimular
el desarrollo de la sensibilidad y creatividad para favorecer la autoestima y
poder transferir estas actitudes a otras áreas del quehacer humano.
ü
Fomentar
la incorporación de los diversos procedimientos y técnicas pertenecientes a los
lenguajes artísticos para adecuar su uso a las necesidades expresivas
individuales y/o grupales, estableciendo relaciones entre lo que perciben,
conocen, sienten y hacen.
ü
Favorecer
el acercamiento a las producciones culturales locales, regionales, nacionales y
universales para disfrutar de las mismas y ayudar a desarrollar una actitud
analítica, crítica y consciente con respecto a estas producciones.
ü
Favorecer
la capacidad de gestionar sus propios procesos de experimentación y producción,
partiendo de la sensibilización adquirida con la práctica de los lenguajes
artísticos y seleccionando las estrategias adecuadas para llevar a cabo sus
proyectos expresivos y comunicativos.
ANEXO V – RESOLUCIÓN N
º 5533 /04
FUNCIONES DEL MAESTRO DE
TALLER PARA LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA DE
ADULTOS
· Alcanzar los objetivos fijados para el
establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el
marco del diseño curricular, en función de desarrollar los conocimientos del adulto y permitiendo ejercer el derecho del mismo a la socialización, al
aprendizaje sistemático y a la
creatividad.
· Diseñar
la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y
selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también
la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en
función del acuerdo de cada Institución Educativa.
· Participar activamente de las reuniones de
personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario
Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y
PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo
interdisciplinario y en equipo.
· Llevar la documentación a su cargo y
ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de
observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación e informar al Equipo de Dirección del
establecimiento sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera o lo considere conveniente el propio docente.
· Conocer y cumplir las reglamentaciones
vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información al Director o Vicedirector.
· Adoptar en ejercicio de su función
elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su
vez le están garantizadas por las reglamentaciones y leyes vigentes en y para sí, como para los
alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.
·
Orientar
el abordaje de los problemas tecnológicos hacia una forma autónoma y creativa,
a partir de los propios intereses de los
alumnos adultos.
·
Facilitar
los medios para instrumentar la planificación y ejecución de proyectos factibles
y sencillos.
·
Fomentar
la actitud positiva ante el trabajo manual, valorando la actividad creativa.
·
Promover
el trabajo en equipo y de manera organizada.
·
Valorar
y fomentar la posibilidad de generar proyectos de emprendimientos productivos.
·
Responder
a las necesidades y expectativas de la población adulta, contribuyendo
activamente a la construcción del proyecto de vida y a la concreción de los
intereses de
·
Propiciar
la participación social, política y económica, promoviendo el protagonismo de
la población adulta a través de la expresión de opinión, toma de decisiones y
realización de acciones que posibiliten mejorar la calidad de vida.
·
Integrar
la educación y el trabajo, respondiendo a las diferentes y múltiples
necesidades de educación según las circunstancias de la población adulta y de
la región.
·
Fomentar
el uso racional de los recursos y la preservación del medio ambiente.
·
Orientar su tarea de manera tal que genere la
creación y afianzamiento de vínculos solidarios y cooperativos.
· Tendrán a su cargo el desarrollo de dos
sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga
horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función
de la existencia de menos secciones que carga
horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades
inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas
que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.
· Coordinar con la Dirección y los Maestros
de Ciclo los horarios de trabajo.
· Observar y enseñar las normas de seguridad
correspondientes.