VIEDMA,

 

 

VISTO:                          

        Los Diseños Curriculares de los Niveles Inicial y Primario  y los reglamentos de cada Nivel, las Leyes 391, 2444; las  Resoluciones    Nº 1303/82, 1713/97  y el  Decreto 1095/92; y

 

CONSIDERANDO:

 

QUE  la designación en cargos de Maestros Especiales en los distintos Niveles  genera diferentes interpretaciones ante la falta  de una norma que unifique  los procedimientos a emplear por parte de lo responsables de los actos de nombramiento;

 

QUE es  necesario establecer pautas  sobre las cargas horarias, la tarea específica y el tiempo real de trabajo para cada cargo, como las funciones de los mismos,  contemplando la especificidad y particularidad de los distintos niveles y modalidades;

 

QUE en determinadas zonas de la provincia debe facilitarse la concentración horaria de los docentes en cargos especiales para lograr su cobertura, teniendo en cuenta la compatibilidad y la necesidad de garantizar aprendizajes en las áreas/ campos de conocimiento específico;

 

QUE existen antecedentes diversos para la designación de cargos,  mediante  autorizaciones específicas, y que es necesario normalizar;

 

QUE en el Decreto 1095/92 se expresa en el Punto 4º  - ANEXO V-, “… el cargo de Maestro Especial debe computarse como tal y no como horas cátedras”;

 

QUE es necesario resolver sobre la concentración horaria;

 

QUE en el ANEXO V del Decreto 1095/92 se determina la figura del cargo en correspondencia con lo determinado en el Estatuto del Docente – Ley 391 –;

 

QUE en el mismo Decreto, la grilla del nomenclador  autoriza la utilización de horas  para dar cobertura a las necesidades de las Áreas  Especiales, cuando la estructura de la Escuela cuenta con más  secciones de las que puede abarcar  el cargo Especial existente en la misma;

 

QUE es necesario determinar el tiempo de la carga horaria para los cargos de Maestros Especiales de Plástica, Música y Educación Física, y  de los diferentes cargos que existen en el Nivel Inicial y Primario y sus modalidades;

 

QUE se debe facilitar  la  concentración de cargos en un mismo establecimiento para mejorar   las tareas organizativas y  de funcionamiento de grupo, como las laborales, toda vez que la estructura escolar lo permita;

 

Que para ello debe facilitarse el procedimiento de asignación de cargos en relación a los horarios y turnos;

 

QUE se hace  necesario establecer acuerdos Institucionales con los  horarios de las clases de Educación  Física contemplando los horarios  de desayuno y almuerzo de los alumnos;

 

 

POR ELLO:

 

 

EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: ESTABLECER que el  tiempo horario de cada módulo de clase frente a alumnos  y la carga total  en  los cargos de Maestros Especiales, para la Enseñanza en los diferentes Niveles y sus modalidades,  se establecen en el Anexo I de la presente Resolución, para los cargos existentes y a crear.

 

Artículo 2º: DETERMINAR  que las clases de los Maestros Especiales podrán iniciarse desde el primer módulo hasta el último, de lunes a viernes y cuya definición se realizará de común acuerdo con el aval de la Supervisión respectiva, teniendo en cuenta para el área de Educación Física que se contemplen los horarios de refrigerio y almuerzo de los alumnos.  La estructura horaria Institucional  se coordinará entre  el personal en forma  conjunta.

 

Artículo 3º: ESTABLECER  que   las clases  de cada una de las áreas especiales  tendrán dos espacios por semana para  cada sección y/o agrupamiento específico respetando la carga horaria de cada Nivel establecida en el Anexo I y las que se determinen mediante nuevas  Resoluciones.

 

Artículo 4º: DEFINIR  que los grupos de alumnos para las clases de Educación Física se formarán con no menos de quince (15) ni más de veinticinco (25).

 

Artículo 5º: AUTORIZAR  a  disponer las horas clases   correspondientes para completar el mínimo de  estímulos establecido para cada sección. La Dirección de Nivel  respectiva, previa conformidad de la Subsecretaría de Educación, a través de la Dirección General de Programación Educativa, desde lo pedagógico  y  lo administrativo contable, presentará el plan  de cobertura de los cargos y horas anuales  para su aprobación y ejecución  a través del Cuerpo Colegiado y en un todo de acuerdo con los Objetivos Institucionales, su disponibilidad organizativa  y el desarrollo curricular.

 

Artículo 6º:  FIJAR  para  los  Maestros Especiales la  hora cátedra en el tiempo de 40 minutos y la unidad laboral frente a alumnos para cada Nivel el determinado  en el Anexo I;  el cargo  de diez (10) horas cátedras semanales , el que cubrirá  cinco (5) secciones o grupos; y el cargo de veinte (20) horas cátedras  semanales, cubriendo  diez (10) secciones o grupos.

 

Artículo 7º: DETERMINAR que,  en los Establecimientos de Nivel Primario que cuenten dentro de su Planta Funcional con  Salas Anexas de Jardín, el docente de Educación Física y  de Música que corresponda incluirá dentro de su carga horaria los estímulos para la sala anexa. La Dirección del establecimiento elaborará en el momento institucional que corresponda el Concepto Profesional para cada Nivel, Inicial y Primario, como así también las certificaciones necesarias, todo ello para los efectos que correspondan.

 

Artículo 8º:   ESTABLECER  que las funciones de los cargos Especiales son las   que se describen en los anexos:

 

ANEXO II:      Maestro Especial de Educación Física

ANEXO III:     Maestro Especial de Educación Plástica

ANEXO IV:     Maestro Especial de Música.

ANEXO  V:   Maestro Especial de Taller para las Escuelas de Educación Básica de Adultos

 

                      Las Direcciones de Nivel definirán en forma participativa las funciones de los cargos restantes  que son parte del funcionamiento del sistema escolar, las que se incorporarán oportunamente como anexos de la presente Resolución.

 

 

Artículo 9º:  AUTORIZAR  a las Supervisiones de Nivel Inicial , Primario  y de Educación  Especial, a resolver por concentración horaria  las designaciones de Maestros Especiales, para el caso de Escuelas alejadas de los Centros Urbanos, todo ello para facilitar la toma de cargos de parte de los  docentes y la posibilidad del acceso al conocimiento de parte de los alumnos. La Supervisión tendrá en cuenta la distancia  a recorrer por parte del docente desde su lugar de origen a la Escuela de destino para concretar la concentración de cargos en un mismo turno.

 

 

Artículo 10º: ESTABLECER  que el horario de ingreso del Maestro Especial al Establecimiento será de diez (10) minutos anteriores a la iniciación de sus actividades específicas.

 

 

 

Artículo 11°: ANULAR  la Resolución 1303/82 y toda otra que se oponga a la presente.

 

 

Artículo 12º: REGISTRAR y  COMUNICAR a las Direcciones de Nivel Inicial y Primaria  y por su intermedio a las Supervisiones respectivas de las Delegaciones Regionales de Educación de Zona Atlántica, Viedma, Valle Medio, Alto Valle Este, Alto Valle Oeste, Andina, Andina Sur y Sur, para los efectos que correspondan y ARCHIVAR.-

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº   5533 /04

VGD-hlr

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I – RESOLUCIÓN Nº  5533        /04 –

 

 

 

 

NIVELES

CARGAS HORARIAS / TIPO DE CARGOS

INICIAL

PRIMARIO Y SUS MODALIDADES

Tiempo de una  hora cátedra semanal 

Cuarenta (40) minutos

Cuarenta (40) minutos

Unidad Laboral frente a alumnos

Treinta (30) minutos

Cuarenta (40) minutos

 

 

 

 

 

 

 

 

Cargos de diez (10) horas cátedras semanales

 

 Maestros Especiales :

 

 Música

 

 Educación Física 

Educación Básica de Adultos:

Talleres  

 

 

Educación Especial:

Música

Educación Física

Orientación Manual

 

 

Común:

Música

Educación Física

Actividades Prácticas

Labores y manualidades

Plástica

Idioma Extranjero

Orientación Agropecuaria

Orientación Artesanal

Orientación Carpintería

Tecnología

 

 

Cargos de Veinte (20) horas cátedras semanales

 

 Maestros Especiales   :

 

Común:

Taller con Orientación:

-     en Carpintería

-     Agropecuaria

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II  - RESOLUCIÓN Nº   5533           /04

 

 

FUNCIONES DEL MAESTRO ESPECIAL DE EDUCACIÓN FÍSICA

 

 

·       Alcanzar los objetivos fijados para el establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el marco del diseño curricular, en función de desarrollar la personalidad del niño y permitiendo ejercer el  derecho del mismo a la socialización, al aprendizaje sistemático y  a la creatividad.

·       Diseñar  la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en función del acuerdo de cada Institución Educativa.

·       Participar activamente de las reuniones de personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo interdisciplinario y en equipo

·       Llevar la documentación a su cargo y ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación  e informar al Equipo de Dirección del establecimiento sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera  o lo considere conveniente el propio docente.

·       Conocer y cumplir las reglamentaciones vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información  al Director o Vicedirector.

·       Adoptar en ejercicio de su función elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su vez le están garantizadas por las reglamentaciones  y leyes vigentes en y para sí, como para los alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.

·        Informar a los padres de los alumnos acerca de la marcha del proceso de enseñanza – aprendizaje, dejando constancia de dicho informe en el legajo respectivo.

·       Atender a  las situaciones de alumnos en proceso de integración, teniendo en cuenta las normas establecidas para tal fin y que forman parte del PEI –PCI.

·       Tendrán a su cargo el desarrollo de dos sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función de la existencia de menos secciones que carga  horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.

·       Coordinar con la Dirección y los Maestros de Ciclo los horarios de trabajo.

·       En las clases que se impartan fuera del Establecimiento, en horario escolar, los alumnos serán acompañados por su Maestro de Ciclo y el Maestro Especial. Las clases se desarrollarán siempre que estén dadas las condiciones óptimas para alumnos y docentes y  para tal fin se deberá contar con la habilitación y autorización de uso del local.

·       Si las circunstancias lo  determinan en forma excepcional, en función de la organización Institucional y previa autorización de la Supervisión respectiva, los alumnos del último grado podrán tener  sus sesiones de Educación Física fuera del horario escolar.

·       Observar y enseñar las normas de seguridad correspondientes.

·       Para el caso de las Escuelas de Educación Especial:

ü        Coordinar con los Maestros de Grupo  y con los integrantes del Equipo Técnico para la programación de actividades acordes con las necesidades específicas de cada grupo y de cada niño.

·       Atender permanentemente a los propósitos generales establecidos en el Diseño  Curricular de Nivel Inicial :

ü        Que representan caminos a recorrer y no metas a las cuales hay que llegar inexorablemente.

ü        Que permiten direccionar el proceso de enseñanza aprendizaje.

ü        Que facilitan la tarea del docente, orientando las decisiones sobre la selección del contenido y de las experiencias de aprendizaje clarificando el tipo de proceso que se pone en juego en  el acto de aprender.

ü        Favorece a la identidad local de acuerdo a la característica de la Institución Escolar, de la comunidad de la que forma parte y del grupo de alumnos.

 

·       Atender permanentemente a los siguientes propósitos generales establecidos en el Diseño Curricular de Nivel Primario  :

ü        Comprender el aporte valioso de la Educación Física para el mejoramiento de la Salud y calidad de vida.

ü        Participar en juegos y actividades, resolviendo situaciones de movimiento, estableciendo relaciones con los demás, evitando discriminaciones, comportamientos agresivos y actitudes de rivalidad competitiva.

ü        Conocer y valorar el cuerpo a partir de diversas actividades físicas, para descubrir posibilidades motrices  personales y adaptar el movimiento a las circunstancias y condiciones de cada situación.

ü        Relacionarse con la naturaleza  en forma respetuosa y armónica y  a partir de experiencias variadas adquirir conocimientos, valores, actitudes, compromisos y habilidades necesarias para proteger y mejorar el medio ambiente.

ü        Encontrar formas personales de movimiento a través de actividades que posibiliten el enriquecimiento de la capacidad creativa y comunicativa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO III - RESOLUCIÓN Nº     5533  /04

 

 

FUNCIONES DEL MAESTRO ESPECIAL DE EDUCACIÓN PLÁSTICA – ACTIVIDADES MANUALES – ORIENTACIÓN MANUAL

 

 

·       Alcanzar los objetivos fijados para el establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el marco del diseño curricular, en función de desarrollar la personalidad del niño y permitiendo ejercer el  derecho del mismo a la socialización, al aprendizaje sistemático y  a la creatividad.

·       Diseñar  la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en función del acuerdo de cada Institución Educativa.

·       Participar activamente de las reuniones de personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo interdisciplinario y en equipo.

·       Llevar la documentación a su cargo y ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación  e informar al Equipo de Dirección del establecimiento sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera  o lo considere conveniente el propio docente.

·       Conocer y cumplir las reglamentaciones vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información  al Director o Vicedirector.

·       Adoptar en ejercicio de su función elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su vez le están garantizadas por las reglamentaciones  y leyes vigentes en y para sí, como para los alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.

·        Informar a los padres de los alumnos acerca de la marcha del proceso de enseñanza – aprendizaje, dejando constancia de dicho informe en el legajo respectivo.

·       Atender a  las situaciones de alumnos en proceso de integración , teniendo en cuenta las normas establecidas para tal fin y que forman parte del PEI –PCI

·       Tendrán a su cargo el desarrollo de dos sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función de la existencia de menos secciones que carga  horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.

·       Coordinar con la Dirección y los Maestros de Ciclo los horarios de trabajo.

·       Observar y enseñar las normas de seguridad correspondientes.

·       Para las Escuelas de Educación Especial:

ü        preparar a los alumnos en las actividades que progresivamente lo preparen para su ingreso a las actividades pre- técnica o técnica, según corresponda.

ü        Estimular y desarrollar en los niños actitudes y aptitudes para el trabajo cooperativo.

ü        Coordinar con los Maestros de Grupo y con los integrantes del Equipo Técnico para la programación de actividades acordes con las necesidades específicas de cada grupo y de cada niño.

·       Atender permanentemente a los siguientes propósitos generales establecidos en el Diseño Curricular  de Nivel Primario :

ü        Favorecer el conocimiento e identificación de los elementos constitutivos de los lenguajes artísticos: música, plástica teatro y expresión corporal, para operar con ellos en producciones tanto individuales como grupales.

ü        Estimular las posibilidades expresivas de las imágenes plásticas y visuales para que el alumno pueda utilizarlas con autonomía.

ü        Estimular el desarrollo de la sensibilidad y creatividad para favorecer la autoestima y poder transferir estas actitudes a otras áreas del quehacer humano.

ü        Fomentar la incorporación de los diversos procedimientos y técnicas pertenecientes a los lenguajes artísticos para adecuar su uso a las necesidades expresivas individuales y/o grupales, estableciendo relaciones entre lo que perciben, conocen, sienten y hacen.

ü        Favorecer el acercamiento a las producciones culturales locales, regionales, nacionales y universales para disfrutar de las mismas y ayudar a desarrollar una actitud analítica, crítica y consciente con respecto a estas producciones.

ü        Favorecer la capacidad de gestionar sus propios procesos de experimentación y producción, partiendo de la sensibilización adquirida con la práctica de los lenguajes artísticos y seleccionando las estrategias adecuadas para llevar a cabo sus proyectos expresivos y comunicativos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO IV - RESOLUCIÓN Nº   5533            /04

 

 

FUNCIONES DEL MAESTRO ESPECIAL DE MÚSICA

 

 

·       Alcanzar los objetivos fijados para el establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el marco del diseño curricular, en función de desarrollar la personalidad del niño y permitiendo ejercer el  derecho del mismo a la socialización, al aprendizaje sistemático y  a la creatividad.

·       Diseñar  la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en función del acuerdo de cada Institución Educativa .

·       Participar activamente de las reuniones de personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo interdisciplinario y en equipo.

·       Llevar la documentación a su cargo y ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación  e informar al Equipo de Dirección del establecimiento sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera  o lo considere conveniente el propio docente.

·       Conocer y cumplir las reglamentaciones vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información  al Director o Vicedirector.

·       Adoptar en ejercicio de su función elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su vez le están garantizadas por las reglamentaciones  y leyes vigentes en y para sí, como para los alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.

·       Informar a los padres de los alumnos acerca de la marcha del proceso de enseñanza – aprendizaje, dejando constancia de dicho informe en el legajo respectivo.

·       Atender a  las situaciones de alumnos en proceso de integración, teniendo en cuenta las normas establecidas para tal fin y que forman parte del PEI –PCI

·       Tendrán a su cargo el desarrollo de dos sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función de la existencia de menos secciones que carga  horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.

·       Coordinar con la Dirección y los Maestros de Ciclo los horarios de trabajo.

·       Observar y enseñar las normas de seguridad correspondientes.

·       Para el caso de las Escuelas de Educación Especial:

ü        Coordinar con los Maestros de Grupo  y con los integrantes del Equipo Técnico para la programación de actividades acordes con las necesidades específicas de cada grupo y de cada niño.

·       Atender permanentemente a los propósitos generales establecidos en el Diseño  Curricular de Nivel Inicial :

ü        Que representan caminos a recorrer y no metas a las cuales hay que llegar inexorablemente.

ü        Que permiten direccionar el proceso de enseñanza aprendizaje.

ü        Que facilitan la tarea del docente, orientando las decisiones sobre la selección del contenido y de las experiencias de aprendizaje clarificando el tipo de proceso que se pone en juego en  el acto de aprender.

ü        Favorece a la identidad local de acuerdo a la característica de la Institución Escolar, de la comunidad de la que forma parte y del grupo de alumnos.

·       Atender permanentemente a los siguientes propósitos generales establecidos en el Diseño Curricular de Nivel Primario  :

ü        Favorecer el conocimiento e identificación de los elementos constitutivos de los lenguajes artísticos: música, plástica teatro y expresión corporal, para operar con ellos en producciones tanto individuales como grupales.

ü        Estimular las posibilidades expresivas de la voz, del cuerpo, del juego dramático  para que el alumno pueda utilizarlas con autonomía.

ü        Estimular el desarrollo de la sensibilidad y creatividad para favorecer la autoestima y poder transferir estas actitudes a otras áreas del quehacer humano.

ü        Fomentar la incorporación de los diversos procedimientos y técnicas pertenecientes a los lenguajes artísticos para adecuar su uso a las necesidades expresivas individuales y/o grupales, estableciendo relaciones entre lo que perciben, conocen, sienten y hacen.

ü        Favorecer el acercamiento a las producciones culturales locales, regionales, nacionales y universales para disfrutar de las mismas y ayudar a desarrollar una actitud analítica, crítica y consciente con respecto a estas producciones.

ü        Favorecer la capacidad de gestionar sus propios procesos de experimentación y producción, partiendo de la sensibilización adquirida con la práctica de los lenguajes artísticos y seleccionando las estrategias adecuadas para llevar a cabo sus proyectos expresivos y comunicativos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO V – RESOLUCIÓN N º  5533           /04

 

 

FUNCIONES DEL MAESTRO DE TALLER PARA LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA DE ADULTOS

 

 

·       Alcanzar los objetivos fijados para el establecimiento y los que establezca a su vez para la sección a su cargo, en el marco del diseño curricular, en función de desarrollar los conocimientos  del adulto y permitiendo ejercer el  derecho del mismo a la socialización, al aprendizaje sistemático y  a la creatividad.

·       Diseñar  la propuesta anual de trabajo, teniendo en cuenta la organización y selección de contenidos acorde al grupo de edad que atiende, como así también la correspondencia con la planificación periódica por momentos del año, en función del acuerdo de cada Institución Educativa.

·       Participar activamente de las reuniones de personal , en los espacios Institucionales reglamentados por el Calendario Escolar , como así también de toda reunión que haga a la elaboración del PEI y PCI de la Institución, de manera de garantizar pertenencia, trabajo interdisciplinario y en equipo.

·       Llevar la documentación a su cargo y ejecutar las tareas que le competen para garantizar los procesos de observación, registro del seguimiento de los aprendizajes, evaluación  e informar al Equipo de Dirección del establecimiento sobre su contenido cada vez que ésta lo requiera  o lo considere conveniente el propio docente.

·       Conocer y cumplir las reglamentaciones vigentes, solicitando de ser necesaria, la respectiva información  al Director o Vicedirector.

·       Adoptar en ejercicio de su función elementos que permitan desarrollar actitudes y aptitudes democráticas, que a su vez le están garantizadas por las reglamentaciones  y leyes vigentes en y para sí, como para los alumnos a su cargo, los padres y la comunidad educativa.

·       Orientar el abordaje de los problemas tecnológicos hacia una forma autónoma y creativa, a partir de los propios  intereses de los alumnos adultos.

·       Facilitar los medios para instrumentar la planificación y ejecución de proyectos factibles y sencillos.

·       Fomentar la actitud positiva ante el trabajo manual, valorando la actividad creativa.

·       Promover el trabajo en equipo y de manera organizada.

·       Valorar y fomentar la posibilidad de generar proyectos de emprendimientos productivos.

·       Responder a las necesidades y expectativas de la población adulta, contribuyendo activamente a la construcción del proyecto de vida y a la concreción de los intereses de la Comunidad.

·       Propiciar la participación social, política y económica, promoviendo el protagonismo de la población adulta a través de la expresión de opinión, toma de decisiones y realización de acciones que posibiliten mejorar la calidad de vida.

·       Integrar la educación y el trabajo, respondiendo a las diferentes y múltiples necesidades de educación según las circunstancias de la población adulta y de la región.

·       Fomentar el uso racional de los recursos y la preservación del medio ambiente.

·        Orientar su tarea de manera tal que genere la creación y afianzamiento de vínculos solidarios y cooperativos.

·       Tendrán a su cargo el desarrollo de dos sesiones semanales en cada sección como mínimo, hasta totalizar su carga horaria, y en el caso de que el docente cuente con horas sobrantes en función de la existencia de menos secciones que carga  horaria, las mismas serán destinadas a la organización de actividades inherentes a su función en pro de mejorar y proponer alternativas didácticas que favorezcan a un mejor desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.

·       Coordinar con la Dirección y los Maestros de Ciclo los horarios de trabajo.

·       Observar y enseñar las normas de seguridad correspondientes.